La Resolución de la
Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria de 26 de Agosto de 2010 publicada en el
Boletín Oficial de Cantabria el 7 de
septiembre de 2010, determinó que cada centro educativo, tanto público como
privado concertado, debía nombrar una persona responsable del área de
Igualdad, designada por los Consejos Escolares de los centros de enseñanza de
la región.
Tal y como establece la resolución, la persona
designada deberá impulsar medidas
educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres,
pudiendo ser cualquier persona
perteneciente a la comunidad educativa. Para designar a dicha persona, el
Consejo Escolar del centro podrá tener en consideración, entre otros, los
siguientes aspectos:
a)
Actitud favorable y sensibilidad hacia la igualdad real y efectiva entre
hombres y mujeres.
b)
Experiencia personal y/o profesional en materia de igualdad entre hombres y
mujeres.
c)
Conocimiento del centro, su organización y funcionamiento, así como su
contexto.
d) Otros
aspectos que determine el propio Consejo Escolar de cada centro.
Así, a
propuesta del equipo directivo, fui propuesta como representante de igualdad,
cargo que ocupo desde Octubre de 2010.
Entre las funciones de la
representante de igualdad podemos destacar:
a)
Elaborar un diagnóstico de las prácticas educativas y de la organización del
centro desde una perspectiva de género, identificando posibles discriminaciones
y estereotipos sexistas, así como difundir los resultados del mismo.
b)
Promover iniciativas de centro y de aula de carácter coeducativo y,
específicamente, destinadas a la prevención de la violencia de género, entre
ellas, aquellas relacionadas con la adquisición de habilidades sociales y el
desarrollo personal, la convivencia en igualdad y la resolución pacífica y
dialogada de conflictos, con modelos de identidad para mujeres y hombres desde
una perspectiva igualitaria, con la diversificación de opciones
académico-profesionales que eliminen estereotipos y roles de sexo, con la
distribución de responsabilidades en distintos contextos de la vida cotidiana y
con una educación afectivo-sexual libre de estereotipos sexistas.
c)
Proponer criterios al Claustro y al Consejo Escolar para la elaboración y/o
revisión del proyecto educativo y de las normas de organización y
funcionamiento, incorporando una visión transversal de género, destinada a
promover una igualdad real y efectiva en la planificación del
currículo,
en los procesos de enseñanza y aprendizaje así como en las actividades de
carácter
complementario
y extraescolar, y en los periodos de recreo de los alumnos/as.
d)
Realizar propuestas en materia de formación del profesorado mediante acciones
formativas
en
materia de igualdad entre hombres y mujeres.
e)
Realizar propuestas de acciones de formación para padres, madres o
representantes legales de los alumnos/as en materia de igualdad entre hombres y
mujeres.
f) Favorecer
cauces de coordinación con otras instituciones y profesionales del entorno que desarrollen
actuaciones en materia de igualdad entre hombres y mujeres.
g)
Realizar un seguimiento de las medidas educativas de carácter co-educador que
se llevan
a cabo en
el centro.
h)
Cualquiera otra que determine el consejo escolar del centro, en su ámbito de
competencias.
Así pues,
desde hace tres años vengo colaborando con el centro en el área de igualdad. En
las próximas entradas os iré contando más cosas sobre lo que hemos venido
haciendo durante estos tres últimos
años.
Por cierto, mi nombre es Maite, y formo parte de AMPA del centro como madre de un alumno del mismo, no formo parte del equipo docente.
Por cierto, mi nombre es Maite, y formo parte de AMPA del centro como madre de un alumno del mismo, no formo parte del equipo docente.
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